El TSE dicta 6 disposiciones para el tránsito vehicular en el día de las elecciones
La emisión de permisos de circulación, suspensión de viajes, sanciones y multas a infractores son parte de estas disposiciones de TSE.
El Tribunal Supremo Electoral (TSE) dio a conocer las seis disposiciones para el tránsito vehicular durante la jornada electoral del domingo 7 de marzo. El Órgano Electoral en un comunicado delineó las atribuciones, restricciones y prohibiciones en el ámbito del transporte tanto lacustre, ferroviario y aéreo en todo el país.
El TSE extenderá las autorizaciones de circulación vehicular a las autoridades de los órganos Ejecutivo, Legislativo y Judicial, Fuerzas Armadas (FFAA), Policía Boliviana, misiones diplomáticas, organismos internacionales, misiones internacionales de observación electoral, organizaciones políticas de alcance nacional y medios de comunicación internacional.
Mientras que los Tribunales Electorales Departamentales (TED) harán lo mismo para autoridades departamentales y municipales, unidades militares y policiales departamentales, centros de atención médica y servicios de emergencia, medios de comunicación local, organizaciones políticas que participen en las elecciones.
Los conductores que incumplan la restricción vehicular serán detenidos por la Policía hasta las 00:00 del 7 de marzo. El vehículo será retenido y conducido a Tránsito y será devuelto cuando el conductor haya depositado la respectiva multa que oscila entre el 5% y 20% de un salario mínimo, en caso de personas particulares o electores o entre el 41% y el 60% si es que la infracción es cometida por servidores públicos.
El día de las elecciones, no habrá servicio de Teleférico, transporte terrestre, lacustre, ferroviario y aéreo de todo el país.
Los vuelos nacionales y viajes interdepartamentales e interprovinciales serán suspendidos durante las 24 horas del 7 de marzo, con exclusión de los viajes que realicen los servidores del Órgano Electoral o de las fuerzas de seguridad, en cumplimiento de sus funciones.
Vuelos internacionales en tránsito o los vuelos internacionales que se originen o arriben a Bolivia quedan exentos de esta norma. Pero se aclaro que el traslado de pasajeros, personal operativo y otros, las líneas aéreas, agencias de viajes o los interesados deberán tomar previsiones y en su caso tramitar el permiso de circulación vehicular ante los respectivos TED.
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